sábado, 19 de noviembre de 2011

El contrato laboral único

Esta mañana he leido en El País un artículo acerca del contrato único de mi antiguo profesor Juan José Dolado. El artículo no es sólo suyo (esta firmado por Samuel Bentolila), y la idea tampoco es únicamente suya ya que ha sido desarrollada en numerosos artículos, pero la investigaciones de estas dos personas han sido, para mi, superirores a otras desde el punto de vista público.
Al caso: un dirigente del partido socialista (Martínez Noval) recriminó recientemente el estudio de Dolado que argumenta que la tasa de paro actual sería del 16% si existiese un contrato laboral único. Argumenta su idea en varios factores:
- la cuantía de despido por trabajador medio (repito, trabajador medio, no indefinido) subirá puesto que al pasar los temporales a indefinidos desde el principio tendrían derecho a una percepción salarial.
- si bien admiten que la esctructura "sol y playa" españolas favorecen a un tipo de sectores no industriales y de la construcción, hacen hincapié en que existe un efecto indirecto en el hecho de tener un único contrato favoreciendo contratos de inversión en mano de obra cualificada, al tener menos gastos empresariales y poder favorecer a los empleados temporales con compensaciones de despido (esto último para mi es una interpretación que saco del texto al tratar de pensar en los investigadores).
- las regiones que han utilizado una temporalidad mayor han sido más perjudicadas y han sufrido tasas de fracaso escolar mayores, por lo que se favoreció una especialización productiva diferente.

El resumen que se podría sacar de estos datos sería el siguiente: por supuesto, las diferencias de coste de despidos favorecerían a los empresarios. Pero creo, y por eso lo subrayo, que la cuantía de despido por trabajador medio subiría porque ... trabajadores somos todos, también los eventuales. Una vez dicho esto creo que es lógico lo que comenta Dolado y Bentolila, creo que debería de incentivarse la contratación al principio y después ir aumentando, según el compromiso del empleado, las indemnizaciones. No estoy de acuerdo en llegar a los 36 días con la progresividad que proponen (entre 2 ó 3 días por año) puesto que subir de 8 a 12 días del primer año a 36 puede suponer un máximo de 14 años y un  mínimo de 8 años de trabajo por empleado, y en algunos sectores el empleado puede resultar muy perjudicado.

La valoración del artículo, en mi opinión tendría dos puntos de vista:

- Positivo: flexibilidad, incentivos a los contratos más dignos, favorece I+D y además vendría a ser como una especie de provisión cíclica en cuanto a todos los contratos. Porque, realmente los temporales no perciben despidos y además es muy dificil mostrar un despido indefinido en un temporal. Por otro lado, también favorece la movilidad laboral.

- Negativo: en su conjunto el artículo no tiene en cuenta que en el contrato laboral español con 45 días de indeminización no ha servido por una parte para despedir a gente y darles dicha indemnización sin despeinarse o bien a cuenta del FOGASA. Por lo que creo que la idea se debe de desarrollar más y que los que cotizen no tengan que pagar a través de las administraciones públicas los desmanes de otros, es decir reforzar el contrato con cláusulas de que en caso de impago de idmenizaciones a trabajadores no vale ni quiebra personal, ni concurso de acreedores ni demás. Sólo el pago o embargos futuros. Las indemnizaciones para mi son escasas.

También los profesores deben de tener en cuenta una cosa: ya no vale con hacer modelos ecónomicos de predicción con supuestos tan laxos. Estamos en una economía laboral imperfecta, dominada por países con cuasidictaduras, y así no se puede competir, una vez que las castas de la India, dictaduras de China y otros países asíaticos terminen, el mercado europeo podrá competir en igualdad de oportunidades. Y por otro lado una reflexión: ¿ cuanto contribuye el empleado a una empresa? A veces más que algunos empresarios, por tanto no se le debe de dejar de lado.

Creo que el punto de vista de Dolado se debe de tener muy en cuenta, es un aportación positiva. A veces se piensa en exceso sólo en las indeminizaciones, pero no en el conjunto de trabajadores ni en como facilitar a los buenos empresarios el lanzamiento de sus empresas. En todo caso, dicho contrato debe de ser fijado con una legislación laboral más simple, pero a la vez con mayores inspecciones laborales y con una participación más activa de los empleados en el devenir de las empresas, tal y como se realiza en países como Alemania (si bien allí, los salarios llevan congelados desde el año 2001).
Eso si, negativamente se tiene que decir que Dolado y sus compañeros podían aproximar más el despedido y las indeminizaciones al empleo fijo que al temporal. Hay que estudiar con detenimiento la aportación del trabajador a la empresa, en muchos casos superior que a la inversa como he dicho anteriormente y por último: la comparación con Francia deja que desear, por mucho que España se ponga a ello no tiene el nivel por la mala educación pública (tema a mejorar, y en el que creo que estará de acuerdo) y porque lo primero que hay que cambiar es un modelo industrial y ya con ello los contratos.
Espero estudiar algo más acerca de los contratos de los temporeros, o el famoso per de Durán i Lleida, ya que no se como se podría formar a tener contratos indefinidos a estos con meses de parón y las propuestas que he leido hasta ahora no me han servido para fijar una idea.

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